Extranjero que quiere abrir una SRL o SPA en Italia: qué saber sobre la reciprocidad
UE, extra-UE con permiso, extra-UE desde el extranjero: las reglas cambian. Aquí te explicamos quién puede constituir una sociedad en Italia y cómo hacerlo paso a paso.
Qué es en dos líneas
Un extranjero puede abrir una SRL o una SPA en Italia. Las reglas dependen de tu nacionalidad y de tu situación: si eres ciudadano de la UE o tienes un permiso de residencia válido, procedes como un italiano. Si eres extra-UE y no resides en Italia, debes obtener primero la verificación de la condición de reciprocidad del Ministerio de Asuntos Exteriores italiano (MAECI).
En resumen
| Coste | Verificación MAECI: gratuita. Notario SRL: 1.500-3.000€. Derechos Cámara de Comercio: 200-300€ |
| Plazos | Verificación MAECI: 15-30 días. Constitución de la sociedad tras la verificación: 1-7 días. Total extra-UE no residente: 30-60 días |
| Dónde en Roma | Notario de confianza; Cámara de Comercio de Roma para el Registro de Empresas |
| Documentos | Pasaporte, código fiscal italiano, permiso de residencia (si corresponde), certificación MAECI (solo para extra-UE no residente) |
Quién puede hacerlo y con qué reglas
Hay tres situaciones principales, con procedimientos distintos.
¿Eres ciudadano de la UE, del EEE o suizo? El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (artt. 49 y 54 TFUE) te garantiza la misma libertad de establecimiento que a los italianos. No se necesita ninguna verificación adicional: ve al notario con documento de identidad y código fiscal y procede.
¿Eres ciudadano extra-UE con un permiso de residencia italiano válido? El art. 1 del DPR 394/1999 te exime de la condición de reciprocidad. El permiso debe ser por trabajo por cuenta ajena, trabajo autónomo, reagrupación familiar, asilo, protección internacional o subsidiaria, o tarjeta de residencia/permiso UE para residentes de larga duración. Basta con mostrar el permiso al notario y proceder.
¿Eres ciudadano extra-UE y no resides en Italia? Debes cumplir la condición de reciprocidad: tu país debe permitir a los italianos las mismas actividades empresariales que tú quieres desarrollar aquí. La verificación la hace el MAECI y es obligatoria antes de la firma ante notario.
Qué es la condición de reciprocidad
El art. 16 de las disposiciones preliminares del Codice Civile establece que un extranjero puede ejercer derechos civiles en Italia — incluido constituir una sociedad — solo si su país reconoce a los italianos los mismos derechos.
La verificación no es una respuesta única para todo: se evalúa caso por caso en función del tipo de sociedad (SRL, SPA, SNC...), del tipo de actividad económica, del papel que el extranjero desempeñará (socio, administrador, síndico) y de los posibles tratados bilaterales vigentes entre Italia y ese país.
Algunos países tienen acuerdos históricos con Italia — como los EE.UU. (Tratado de amistad de 1948) — que hacen que la reciprocidad se presuma generalmente. Los refugiados y los apátridas están equiparados a los ciudadanos italianos por efecto del Convenio de Ginebra de 1951 y del Convenio de Nueva York de 1954.
Cómo se verifica la reciprocidad
La verificación se realiza en el sitio oficial del MAECI: busca el país de ciudadanía y comprueba si existe una certificación ya publicada que cubra tu caso.
Si la ficha de tu país no responde a tu situación específica, el notario o la Cámara de Comercio envía una solicitud por PEC a la Direzione Generale per gli Italiani all'Estero e le Politiche Migratorie del MAECI. La respuesta llega en un plazo de 15-30 días y es gratuita.
Procedimiento paso a paso
Si eres ciudadano de la UE o del EEE
- Obtén el código fiscal italiano en la Agencia Tributaria italiana o en el Consulado italiano de tu país.
- Reserva cita con un notario en Roma para el acto constitutivo.
- Inscríbete en el Registro de Empresas en la Cámara de Comercio de Roma.
- Abre el NIF, INPS e INAIL.
Si eres extra-UE con permiso de residencia
- Verifica que el permiso esté en vigor y permita la actividad empresarial.
- Usa o solicita tu código fiscal italiano.
- Procede como un ciudadano de la UE: notario, Registro de Empresas, INPS, INAIL.
Si eres extra-UE no residente en Italia
- Solicita el código fiscal italiano a través del Consulado italiano de tu país o a través de un apoderado en la Agencia Tributaria italiana.
- A través del notario italiano, presenta al MAECI una solicitud de verificación de la reciprocidad indicando el tipo de sociedad, la actividad económica y tu papel (socio, administrador, etc.).
- Espera el dictamen oficial del MAECI (15-30 días).
- Si la reciprocidad está acreditada, otorga un poder notarial especial (si no puedes venir a Italia en persona), traducido y apostillado.
- El notario italiano formaliza el acto constitutivo y la sociedad queda inscrita en el Registro de Empresas.
- Para la apertura de la cuenta corriente, prepárate para un control antilavado de dinero más exhaustivo si el administrador es extra-UE no residente.
Qué tipos de sociedad puedes constituir
Todos los tipos previstos por el Codice Civile italiano son accesibles (con las condiciones descritas anteriormente):
- SRL — capital mínimo 1€
- SRLs (Semplificata) — solo personas físicas, capital 1-9.999€
- SPA — capital mínimo 50.000€
- SNC, SAS, SAPA
- Cooperativa
- Empresa individual — para extra-UE requiere permiso de residencia para trabajo autónomo
Errores que debes evitar
- Constituir la sociedad sin haber obtenido la verificación MAECI si eres extra-UE no residente. El notario no puede formalizar el acto sin el dictamen oficial, y un acto constituido en vulneración de esta regla es nulo.
- Firmar poderes en blanco. El poder debe ser específico para la constitución de esa precisa sociedad: nombre, tipo, sede, objeto social.
- Fiarte de intermediarios que prometen saltarse la reciprocidad. No existen atajos legítimos para este paso.
- Confundir visado de turista con documento de residencia. La ciudadanía se verifica con el pasaporte en vigor. Un visado de turista o una autorización ESTA no cambian el régimen aplicable.
- Rendirte si el país no aparece en la lista del MAECI. La ausencia de una ficha precompilada no significa que falte la reciprocidad: presenta una solicitud específica y espera la respuesta oficial.
Casos particulares
¿Tienes un permiso de residencia por estudios? La actividad empresarial con este tipo de permiso está limitada. Consulta con el notario antes de proceder.
¿Quieres entrar como socio en una sociedad italiana ya existente? Si adquieres participaciones de una sociedad ya constituida y eres extra-UE no residente, se necesita igualmente la verificación de la reciprocidad.
¿Has cambiado de ciudadanía después de haber constituido la sociedad? La sociedad sigue siendo válida. La reciprocidad se verifica solo en el momento del acto constitutivo.
¿Estás valorando un visado para trabajo autónomo? Puedes solicitar la entrada en Italia para iniciar una actividad empresarial a través del Decreto Flussi anual o por el canal ordinario, previo nulla osta provincial. Esto cambia tu perfil de "extra-UE no residente" a "extra-UE con permiso" una vez obtenido el título de residencia.
Fuentes oficiales
- MAECI — Condición de reciprocidad
- MAECI — Servicios para extranjeros
- Cámara de Comercio de Roma — Registro de Empresas
- Consiglio Nazionale del Notariato
- Ministero dell'Interno — Inmigración y asilo
Referencias normativas: Codice Civile artt. 2247 ss. (società), art. 16 disp. prel. Codice Civile (condición de reciprocidad), DPR 394/1999 art. 1 (exención para extranjeros regulares), D.Lgs. 286/1998 (Testo Unico Immigrazione), TFUE artt. 49 y 54 (libertad de establecimiento UE), Convenio de Ginebra 1951, Convenio de Nueva York 1954.