Cesión de inmueble y hospedaje: qué comunicar a la Policía
Alquileres, huéspedes extracomunitarios, Airbnb: tienes 48 horas para comunicarlo a la Policía. Cómo hacerlo gratis en 10 minutos online.
Qué es en dos líneas
Si alquilas casa, hospedas a un familiar extranjero o gestionas un apartamento en Airbnb, tienes la obligación de comunicarlo a la Policía en 48 horas desde el inicio del alojamiento. Se hace gratis online en el portal Alloggiati Web, en menos de 10 minutos, sin ir a la Questura.
En resumen
| Coste | Gratuito. Sin sello fiscal. |
| Plazos | En 48 horas desde el inicio del hospedaje (24 horas para alojamientos turísticos) |
| Dónde en Roma | Online en alloggiatiweb.poliziadistato.it o en la Comisaría de zona |
| Documentos | SPID o CIE, documento del huésped, datos del inmueble |
Dos obligaciones distintas, un único trámite
Existen dos normas separadas que generan esta obligación, pero en la práctica se cumplen con el mismo procedimiento.
La cesión de inmueble (Ley 191/1978 art. 12) afecta a quien transfiere a cualquier título el uso de un inmueble por períodos superiores a un mes. Aplica a todos: italianos, ciudadanos de la UE y extracomunitarios. Por tanto, si alquilas o cedes gratuitamente tu casa por más de 30 días, debes comunicarlo.
La declaración de hospedaje (D.Lgs 286/1998 art. 7) se activa cuando hospedas a un ciudadano no comunitario, aunque sea por una sola noche y de forma gratuita. Un familiar de Nigeria que duerme en tu casa tres días: hay que comunicarlo.
En la práctica, la combinación más habitual es esta:
- Alquilas a un italiano o ciudadano de la UE por más de un mes → cesión de inmueble
- Hospedas gratuitamente a un ciudadano extracomunitario, aunque sea pocos días → declaración de hospedaje
- Gestionas un B&B o alquilas en Airbnb → portal Alloggiati Web como alojamiento turístico, en 24 horas por cada huésped
Quién tiene la obligación (siempre quien hospeda, nunca quien es hospedado)
La obligación recae sobre quien pone el alojamiento a disposición: propietarios, arrendadores, subarrendadores, comodantes y también los inquilinos que a su vez hospedan a alguien. Los gestores de alojamientos turísticos —hoteles, B&B, apartamentos vacacionales, alquileres de corta duración en plataformas— entran en la misma lógica pero con plazos de 24 horas.
No tiene obligación quien hospeda a un ciudadano de la UE por menos de 30 días de forma gratuita, y quien ya gestiona el portal Alloggiati Web como alojamiento turístico (la comunicación lo cubre todo).
Cómo se hace: el procedimiento online
La forma más cómoda es el portal Alloggiati Web de la Policía de Estado italiana, activo 24 horas al día.
Si todavía no tienes credenciales, las solicitas una sola vez: ve al portal, haz clic en "Richiesta credenziali", adjunta tu documento de identidad y el título sobre el inmueble. Llegan por email en pocos días. Alternativamente, puedes acceder directamente con SPID o CIE sin pasos previos.
Una vez dentro, introduce los datos del huésped o del inquilino: datos completos, tipo y número del documento de identidad, ciudadanía, fecha de inicio y duración prevista del alojamiento, dirección del inmueble. Confirmas y el sistema emite de inmediato un acuse de recibo telemático. Imprímelo y consérvalo.
Para cada nuevo huésped o nuevo contrato debes hacer una nueva comunicación.
Cuándo basta el contrato registrado (y cuándo no)
Hay una simplificación importante: si has suscrito un contrato de arrendamiento y lo registras en la Agencia Tributaria italiana en 30 días, ese registro cumple automáticamente la obligación de cesión de inmueble ante la Questura.
Pero atención: si el inquilino es extracomunitario, la declaración de hospedaje sigue siendo obligatoria. Por tanto:
- Inquilino italiano o de la UE con contrato registrado: nada que hacer en la Questura
- Inquilino extracomunitario con contrato registrado: comunica igualmente en Alloggiati Web
Si prefieres ir en persona
Puedes presentarte en la Comisaría de Seguridad Pública competente para la zona donde se encuentra el inmueble. Llevas el formulario cumplimentado (disponible en el sitio de la Policía de Estado o en la propia Comisaría) con copia de tu documento y del huésped. Te devuelven una copia sellada como acuse de recibo.
Alternativamente puedes acudir a la Questura central en Via San Vitale 15 o a la Oficina de Extranjería en Via Teofilo Patini 23. La lista completa de comisarías de Roma está en questure.poliziadistato.it/it/Roma.
Errores que debes evitar
- Pensar que el contrato siempre es suficiente. El registro del contrato cubre la cesión de inmueble, pero no cubre la declaración de hospedaje para inquilinos extracomunitarios. Ambas cosas hay que hacerlas.
- Esperar más de 48 horas. La sanción por omisión va de 200 a 1.000 euros (cesión de inmueble) o de 160 a 1.100 euros (hospedaje extracomunitario). Aunque te des cuenta tarde, comunicar con retraso es mejor que no comunicar.
- Usar sitios privados que cobran por el servicio. El procedimiento es gratuito y se hace de forma autónoma en 10 minutos. Un patronato (ACLI, INCA, CAF) puede ayudarte gratis si tienes dificultades técnicas. Ten cuidado con las copias del portal Alloggiati Web: el único oficial tiene dominio .poliziadistato.it.
Casos especiales
¿Gestionas un alquiler de corta duración en Airbnb o Booking? Incluso un solo alquiler se considera actividad de alojamiento a efectos del portal. Debes registrarte como establecimiento, comunicar cada huésped en 24 horas y, desde 2024, tener el Código Identificativo Nacional (CIN) expedido por el Ministerio de Turismo. Sin CIN la sanción puede llegar a 8.000 euros.
¿Tu pareja extracomunitaria vive contigo sin contrato? Haz la declaración de hospedaje al inicio de la convivencia. Si la situación se consolida con el tiempo, valora un contrato de cesión de uso gratuito registrado: es útil también para los trámites de empadronamiento o reagrupación familiar.
¿Subalquilas a terceros? El subarrendador tiene la misma obligación que el arrendador principal: debe hacer la cesión de inmueble ante su subarrendatario.
¿Vendes tu casa? La comunicación notarial del acto de compraventa cumple la obligación de cesión de inmueble.
Fuentes oficiales
- Portal Alloggiati Web — Policía de Estado italiana
- Policía de Estado italiana — Declaración de presencia y hospedaje
- Policía de Estado italiana — Comunicación de hospedaje y cesión de inmueble
- Questura de Roma — Comisarías
- Ministerio de Turismo — Código Identificativo Nacional CIN
- Agencia Tributaria italiana — Registro de contratos de arrendamiento
Referencias normativas: Ley 18/05/1978 n. 191 art. 12; D.Lgs 25/07/1998 n. 286 art. 7; DL 23/05/2008 n. 92 conv. L. 24/07/2008 n. 125; DM 7/01/2013; DL 18/10/2023 n. 145 conv. L. 191/2023 (CIN).