ADI y residencia: cuántos años necesitan los extranjeros (y por qué cambiaron)
Se necesitan 5 años de residencia, de los cuales 2 continuativos. Ya no son 10: el Tribunal Constitucional italiano declaró la norma original discriminatoria.
En dos palabras
Para solicitar el Assegno di Inclusione (ADI) — la renta de inclusión italiana — siendo extranjero, debes llevar residiendo en Italia al menos 5 años, de los cuales los últimos 2 de forma ininterrumpida. Esta es la regla vigente hoy. El DL 48/2023 preveía originalmente 10 años, pero el Tribunal Constitucional italiano declaró ese requisito inconstitucional mediante la sentencia n. 76/2025.
De un vistazo
| Residencia exigida | 5 años en total, de los cuales 2 continuativos inmediatamente antes de la solicitud |
| Cómo se cuenta | Desde la inscripción en la Anagrafe (registro civil del ayuntamiento, gestiona el empadronamiento) del Comune (ayuntamiento / municipio), no desde la fecha del permiso |
| Documento principal | Certificado histórico de residencia (gratuito en línea a través de ANPR — Anagrafe Nazionale — registro civil nacional italiano — o el Comune de Roma) |
| Plazos del certificado | Inmediato en línea, 1-7 días en ventanilla |
| Coste del certificado | Gratuito en línea; exención del timbre también en ventanilla si se solicita para asistencia social |
La regla actual: 5 años, de los cuales 2 continuativos
El requisito que cuenta hoy es preciso:
- debes haber estado empadronado en Italia al menos 5 años (no necesariamente todos seguidos)
- en los últimos 24 meses antes de la solicitud, el empadronamiento debe haber sido ininterrumpido
Los 5 años en total pueden incluir períodos no continuos — por ejemplo: 3 años de residencia, luego un año en el extranjero, luego otros 2 años en Italia. Pero los últimos 2 años tienen que ser sin interrupciones.
Un punto fundamental: la residencia se computa desde la inscripción en el registro municipal (Anagrafe) de un ayuntamiento italiano, no desde la fecha de concesión del primer permiso de residencia. Si has estado en Italia con permiso pero sin inscribirte en la Anagrafe del Comune, ese período no cuenta.
Por qué cambió la norma: la historia de los 10 años
Cuando el gobierno creó el ADI con el DL 48/2023, el art. 2 apartado 2 exigía que el solicitante fuera "residente en Italia durante al menos diez años, de los cuales los últimos dos de forma continuativa". Un umbral casi el doble que el del antiguo Reddito di Cittadinanza (renta de ciudadanía, la prestación anterior).
Esa norma fue criticada desde el principio por asociaciones de defensa de los migrantes (entre ellas ASGI), organizaciones como Caritas y ActionAid, y por varios juzgados ordinarios — entre ellos los de Milán y Turín — que plantearon la cuestión de inconstitucionalidad.
El Tribunal Constitucional italiano, mediante la sentencia n. 76/2025, dio la razón a los recurrentes y declaró ilegítimo el requisito de los 10 años por vulnerar:
- Art. 3 de la Constitución italiana (principio de igualdad): el umbral era desproporcionado y creaba una discriminación indirecta hacia los extranjeros respecto a los ciudadanos italianos
- Art. 38 de la Constitución italiana (asistencia social): el ADI es una medida de lucha contra la pobreza y no puede vaciarse de contenido con un requisito tan elevado
- Directiva UE 2003/109/CE sobre residentes de larga duración, que impone igualdad de trato con los ciudadanos nacionales para las prestaciones sociales esenciales
- Directiva UE 2011/95/UE sobre igualdad de trato para refugiados y beneficiarios de protección subsidiaria
El requisito ha vuelto a 5 años de los cuales 2 continuativos, en línea con el anterior Reddito di Cittadinanza y con el derecho europeo.
La sentencia tiene también efecto retroactivo sobre las solicitudes denegadas únicamente por el requisito de los 10 años. Si tu solicitud fue rechazada por ese motivo, puedes volver a presentarla o valorar un recurso administrativo.
A quién se aplica el requisito de residencia
No todos los extranjeros pueden sumar los 5 años de residencia para el ADI. El requisito se aplica solo a quienes tienen un estatus adecuado:
| Estatus | ¿Válido para el ADI? |
|---|---|
| Ciudadano italiano | Sí |
| Ciudadano UE inscrito en el registro municipal | Sí |
| Familiar de ciudadano UE con derecho de residencia | Sí |
| Residente de larga duración UE (antigua carta de soggiorno) | Sí |
| Refugiado (estatus reconocido) | Sí |
| Protección subsidiaria | Sí |
| Permiso de trabajo por cuenta ajena (sin permiso UE-LP) | No |
| Permiso familiar | No |
| Permiso de estudios | No |
| Solicitante de asilo en espera de resolución | No |
| Protección temporal (p. ej. Ucrania) | No |
| Protección especial | No |
Cómo demostrar la residencia en Roma
El documento que el INPS (la seguridad social italiana — pensiones, paro, prestaciones familiares) pide para verificar los 5 años es el certificado histórico de residencia. No el certificado de residencia normal (que solo refleja el momento actual), sino el que recoge toda tu historia de inscripciones y bajas en el registro municipal.
Puedes obtenerlo de dos formas:
En línea (gratuito):
- a través del portal ANPR — Anagrafe Nazionale Popolazione Residente con SPID, CIE o CNS. El ANPR reúne los datos de todos los municipios italianos, así que aunque hayas vivido en Roma y luego en Milán, el certificado lo incluye todo.
- a través del portal Roma Capitale con SPID
En ventanilla:
- Anagrafe Centrale (Via Petroselli 50, Roma) o Anagrafe Municipal de tu Municipio (cada uno de los 15 distritos administrativos de Roma)
- Si el certificado se solicita para asistencia social (como el ADI), tienes derecho a la exención del timbre fiscal: indícalo en ventanilla
Los plazos son inmediatos en línea, de 1 a 7 días en ventanilla.
Qué interrumpe la continuidad de la residencia
Algunas situaciones anulan el período continuativo y te obligan a empezar de cero:
Baja de oficio por paradero desconocido. Si el ayuntamiento no te localiza en tu domicilio en dos visitas, puede darte de baja de oficio. La continuidad se interrumpe. Debes volver a inscribirte y los 2 años arrancan de nuevo.
Traslado al extranjero. Si te inscribes en el AIRE (Anagrafe Italiani Residenti Estero — registro de italianos residentes en el extranjero) o trasladas tu residencia fuera de Italia, la continuidad cesa. Al regresar debes reiniciar los 2 años.
Qué NO interrumpe la continuidad. El cambio de municipio dentro de Italia no cuenta como interrupción: cambia el ayuntamiento, pero sigues siendo residente en Italia. Las ausencias breves por vacaciones o viajes tampoco interrumpen la residencia, siempre que no haya habido un cambio oficial de domicilio.
Errores que evitar
- No confundas permiso de residencia con empadronamiento. Tener el permiso no equivale automáticamente a estar empadronado. La residencia exige la inscripción formal en el registro municipal, con comprobación del domicilio real.
- No pidas el certificado de residencia normal en lugar del histórico. El certificado histórico es el que recoge todos los períodos, también los pasados. Es el documento correcto para acreditar los 5 años.
- No declares una residencia falsa. Aparecer empadronado en una dirección en la que no vives es falsedad documental (art. 483 del Código Penal italiano) y causa la pérdida del ADI además de consecuencias penales.
Casos particulares
¿Has vivido en varios municipios italianos? No es un problema. El certificado ANPR recoge tu historial residencial de todos los municipios de Italia. Puedes sumar los períodos vividos en Roma, Milán, Turín o cualquier otro municipio.
Eres refugiado y quieres saber desde cuándo cuenta la residencia. Desde el día en que te inscribiste en la Anagrafe del municipio italiano, no desde la fecha del reconocimiento del estatus. Aun así, debes llegar a 5 años en total, de los cuales 2 continuativos.
¿Te rechazaron la solicitud de ADI por los 10 años? Tras la sentencia del Tribunal Constitucional n. 76/2025, puedes volver a presentar la solicitud. Valora también la ayuda de un patronato gratuito (ACLI, INCA-CGIL, ITAL-UIL, INAS-CISL) para comprobar si tienes derecho a cobrar los atrasos mediante recurso administrativo.
¿Quieres comparar el requisito de residencia con otros beneficios?
| Prestación | Residencia exigida |
|---|---|
| ADI | 5 años de los cuales 2 continuativos |
| SFL — Supporto Formazione e Lavoro | 5 años de los cuales 2 continuativos |
| Assegno Unico Universale | 2 años continuativos |
| Bono social facturas | Residencia en Italia, sin mínimo de años |
| Indemnización por dependencia (accompagnamento) | Residencia en Italia, sin mínimo de años |
Fuentes oficiales
- Tribunal Constitucional italiano — Sentencias
- INPS — Assegno di Inclusione
- Ministerio de Trabajo italiano — ADI
- Normattiva — DL 48/2023
- ANPR — Anagrafe Nazionale
- Roma Capitale — Registro civil y certificados
Referencias normativas: DL 48/2023 art. 2 c. 2 lett. a, Legge 85/2023, Sentenza Corte Costituzionale n. 76/2025, Sentenza Corte Costituzionale n. 19/2022, Costituzione artt. 3 e 38, Direttiva UE 2003/109/CE art. 11, Direttiva UE 2011/95/UE artt. 28-29, Dlgs 286/1998 art. 41.